¿Cómo minimizar los efectos del preaviso de baja voluntaria de las empleadas del hogar?
Que una buena mañana, sintamos el sopapo furibundo en el flexo, al anunciarnos que nuestra empleada de hogar interna se va, sin más dilaciones, supone comenzar realmente mal el día. ¿Cómo minimizar los efectos del preaviso de baja voluntaria?
La empleada puede romper la relación laboral sin más motivo que su voluntad de que el contrato como empleada de hogar y empleador finalice
Que exista un contrato en vigor, entre empleada del hogar y “empresario del hogar”, independientemente del tipo de contrato que se hubiera establecido, no significa que cualquiera de las partes pueda comunicar a la otra, la finalización de la relación laboral. Significa, que la empleada del hogar, de forma unilateral, puede anunciar el término del contrato que firmo antes de que se llegue al término, de la duración establecida en dicho contrato.
La empleada del hogar que se despide, no tiene derecho a indemnización
Para salir más airoso de este tipo de situaciones, debemos incluir en los contratos, tanto un periodo de prueba, como un periodo de preaviso. En caso de establecer en el contrato un periodo de prueba, que no puede ser superior a dos meses, cualquiera de las partes podrá dar por el finalizado el contrato sin indemnización por parte del empleador, ni penalización por parte de la empleada. Caso contrario sería que se estableciese en el periodo de prueba, un periodo de preaviso, que no puede ser superior a siete días. Periodo que ambas partes deben respetarlo.
El periodo de preaviso del contrato de empleadas del hogar establece el número de días de antelación con los que la empleada del hogar debe avisar a su empleador que va a despedirse
Lógicamente, que una empleada comunique fehacientemente su intención de irse y realice las labores domésticas, cumpliendo con el periodo de preaviso, le concede el derecho a cobrar todos los días trabajados hasta la fecha fin de servicio. Si no respetase los días de preaviso, se le puede descontar del finiquito los días de preaviso que no haya cumplido.
Finalmente, y para ambas situaciones, a la empleada del hogar le corresponderá la cantidad de liquidación de la parte de su salario pendiente de cobrar o finiquito, es decir, la parte proporcional de pagas extras y de vacaciones.
Se pueden restar los días de preaviso establecidos y no cumplidos
Para reaccionar a los posibles imprevistos, debemos conseguir un mayor margen de acción, y este únicamente se consigue estableciendo un periodo de preaviso, pero este, debe contemplarse expresamente en el contrato de la empleada de hogar.